Ley 21.499

Artículo 9Unidad organica de inmuebles

Texto oficial

Cuando la de un inmueble incida sobre otros con los que constituye una unidad orgánica, el o los propietarios de estos últimos estarán habilitados para accionar por irregular si se afectare su estructura arquitectónica, su aptitud funcional o de algún modo resultare lesionado el derecho de propiedad en los términos del artículo 51, incisos b) y c).

Qué significa en la práctica

Regula la expropiacion cuando incide sobre inmuebles que constituyen una unidad organica.

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