Ley 22.248

Artículo 89Integración de las regionales

Texto oficial

Las Comisiones Asesoras Regionales estarán integradas por un (1) representante del Ministerio de Trabajo, que ejercerá la presidencia, y por representantes titulares y suplentes de los trabajadores y empleadores, por partes iguales, de las actividades reguladas por esta ley, preponderantes en cada . El número total de miembros de cada Comisión será fijado por la Comisión Nacional de Trabajo Agrario. La reglamentación determinará la forma de designar a sus integrantes y la duración de sus mandatos.

Qué significa en la práctica

Las Comisiones Asesoras Regionales se integran con un representante del Ministerio (presidente) y representantes de trabajadores y empleadores por partes iguales.

Normas relacionadas

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