Ley 22.285

Artículo 104Reglamentación del otorgamiento

Texto oficial

El Poder Ejecutivo Nacional reglamentará el otorgamiento de créditos para el estímulo de la radiodifusión en los casos en que el interés nacional lo haga conveniente y, en particular, en beneficio de los servicios de radiodifusión instalados o por instalarse en zonas de frontera o de fomento.

Qué significa en la práctica

El Poder Ejecutivo reglamenta el otorgamiento de las licencias.
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