Ley 22.707

Artículo 3Conversión de precios

Texto oficial

Los precios fijados en pesos (Peso Ley 18.188) hasta la fecha de emisión de la nueva moneda, serán convertidos a "pesos argentinos" y "centavos" sobre la base de la paridad establecida en el art. 1º entre los valores de ambos signos monetarios.

Qué significa en la práctica

Los precios en pesos Peso Ley 18.188 se convierten a pesos argentinos y centavos a la paridad del Art. 1° (10.000 a 1), sin alterar el valor real.

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