Ley 23.298

Artículo 30Veedores de la Justicia Electoral

Texto oficial

La Justicia Federal con electoral podrá nombrar veedores de los actos electorales partidarios a pedido de parte interesada, quien se hará cargo de los honorarios y gastos de todo tipo.

Qué significa en la práctica

La Justicia Electoral puede nombrar veedores de los actos electorales internos a pedido de parte, que se hace cargo de los honorarios y gastos.

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