La inscripción será solicitada haciendo constar el nombre y domicilio de la comunidad, los miembros que la integran y su actividad principal, las pautas de su organización y los datos y antecedentes que puedan servir para acreditar su preexistencia o reagrupamiento y los demás elementos que requiera la . En base a ello, ésta otorgará o rechazará la inscripción, la que podrá cancelarse cuando desaparezcan las condiciones que la determinaron.
Qué significa en la práctica
Para inscribirse, la comunidad informa su nombre, domicilio, miembros, organización y antecedentes de su preexistencia. La autoridad otorga o rechaza la inscripción, que puede cancelarse si desaparecen las condiciones.