Ley 23.660

Artículo 39Sustitución del art. 5° de la Ley 19.032 (PAMI)

Texto oficial

Sustitúyese el Art. 5 — Ley del PAMI, modificada por sus similares 19.465, 21.545, 22.245 y 22.954, el que queda así redactado: el gobierno y administración del Instituto estarán a cargo de un directorio integrado por un presidente en representación del Estado y doce (12) directores: cuatro (4) en representación de los beneficiarios, dos (2) en representación de los trabajadores activos y seis (6) en representación del Estado, designados por el Ministerio de Salud y Acción Social. El presidente y los directores durarán cuatro (4) años, pudiendo ser reelegidos.

Qué significa en la práctica

Reformó el directorio del INSSJP (PAMI), creado por la Ley del PAMI: pasó a tener un presidente y doce directores (4 de los jubilados, 2 de los trabajadores activos y 6 del Estado).
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