Ley 23.697

Artículo 38Fuerza de ley a los decretos 377/89 y 570/89

Texto oficial

Confiérese fuerza de ley a las disposiciones de los Decretos del Poder Ejecutivo Nacional N. 377, del 27 de julio de 1989, y 570, del 18 de agosto de 1989, cuyos textos se incorporan como anexo al texto de la presente ley.

Qué significa en la práctica

Le da rango legal a dos decretos sobre deuda pública interna dictados semanas antes, incorporando sus textos como anexo. Es una convalidación legislativa de medidas ya tomadas por el Ejecutivo.

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