Artículo 69Alcance del término 'proceso' del artículo 179 del Código Penal
Texto oficial
La expresión " proceso" del
artículo 179, segundo párrafo del Código Penal de la Nación Argentina, es comprensiva del
procedimiento administrativo destinado a la determinación de un tributo
o de una debida al sistema nacional de previsión social.
Qué significa en la práctica
Aclara que cuando el Código Penal de la Nación Argentina habla de 'proceso' en su artículo 179 —insolvencia fraudulenta— eso incluye el procedimiento administrativo de determinación de un tributo o de una deuda previsional. Sin esta aclaración, vaciarse el patrimonio durante una inspección quedaba fuera del tipo penal.