Ley 23.697

Artículo 84Agilización de convenios internacionales

Texto oficial

El Poder Ejecutivo Nacional centralizará, coordinará e impulsará las acciones tendientes a agilizar la instrumentación de aquellos convenios internacionales cuya inmediata aplicación coadyuven a la superación de la emergencia económica que se declara por la presente ley. A ese efecto instrumentará los programas que atiendan prioritariamente a la superación de la emergencia social; al saneamiento, aumento de la productividad y la eficiencia del Sector Público (centralizado y descentralizado) y a las inversiones privadas en emprendimientos conjuntos, especialmente los dirigidos a la exportación.

Qué significa en la práctica

Encomienda al Ejecutivo centralizar y agilizar la instrumentación de los convenios internacionales cuya aplicación inmediata ayude a superar la emergencia.

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