Todas las personas que firman un cheque quedan solidariamente obligadas hacia el portador.
El portador tiene derecho de accionar contra todas esas personas, individual o colectivamente, sin estar sujeto a observar el orden en que se obligaron.
El mismo derecho pertenece a quien haya pagado el cheque.
La acción intentada contra uno de los obligados no impide accionar contra los otros, aun los posteriores a aquel que haya sido perseguido en primer término.
Podrá también ejercitar las acciones referidas en los artículos 61 y 62 del decreto Régimen de la Letra de Cambio y el Pagaré/63.
Qué significa en la práctica
Todos los que firman un cheque quedan solidariamente obligados hacia el portador, que puede accionar contra todos individual o colectivamente sin orden; igual derecho tiene quien pagó el cheque.