Artículo 32Sociedades de Garantía Recíproca: caracterización
Texto oficial
Caracterización. Créanse las Sociedades de Garantía Recíproca (S.G.R.) con el objeto de facilitar a las PYMES el acceso al crédito. Las Sociedades de Garantía Recíproca (S.G.R.) se regirán por las disposiciones del presente título y supletoriamente la Ley de Sociedades en particular las normas relativas a las Sociedades anónimas.
Qué significa en la práctica
Crea las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) para facilitar el acceso de las PyME al crédito.