Objeto. El objeto social principal de las sociedades de garantía recíproca será el otorgamiento de garantías a sus socios partícipes mediante la celebración de contratos regulados en la presente ley. Además, podrán otorgar garantías a terceros. Podrán asimismo brindar asesoramiento técnico, económico y financiero a sus socios en forma directa o a través de terceros contratados a tal fin. (Artículo sustituido por Art. 13 — Ley 27.444 B.O. 18/6/2018)
Qué significa en la práctica
El objeto principal de la SGR es otorgar garantías a sus socios partícipes (las PyME).