. Sólo es apelable la resolución que pone fin al . Respecto de las resoluciones que deciden artículo o que niegan alguna medida de prueba, la parte interesada puede solicitar al tribunal de alzada su revocación cuando lo solicite fundadamente en el recurso previsto en el párrafo .
Qué significa en la práctica
Dentro del , solo es apelable la resolución que le pone fin. Las decisiones intermedias o que niegan una prueba pueden cuestionarse ante la Cámara al apelar esa resolución final.