Ley 24.660

Artículo 129Descuento por daños

Texto oficial

— De la del trabajo del interno, deducidos los aportes correspondientes a la seguridad social, podrá descontarse, en hasta un 20 % los cargos por concepto de reparación de daños intencionales o culposos causados en las cosas muebles o inmuebles del Estado o de terceros. Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales

Qué significa en la práctica

De la , deducida la seguridad social, puede descontarse hasta un 20% por la reparación de daños causados a bienes del Estado o de terceros.

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