El ministerio público fiscal representara en el trámite judicial el interés por la extradición. Sin perjuicio de ello. el Estado requirente podrá Intervenir como parte en el trámite judicial por medio de apoderados. El fiscal, cuando sea notificado de la concesión de un plazo otorgado por el juez para el cumplimiento de algún requisito a cargo del Estado requirente, deberá informarlo de inmediato a las autoridades diplomáticas o consulares de dicho Estado. Sección 2 Trámite judicial
Qué significa en la práctica
El ministerio público fiscal representa el interés por la extradición; el Estado requirente puede intervenir como parte por apoderados.