Resumen ejecutivo
Diez años después de la Ley de Defensa Nacional de Defensa Nacional, que había definido qué es la defensa y quién la conduce, faltaba decidir con qué fuerzas armadas hacerla. La Ley de Reestructuración de las Fuerzas Armadas es esa decisión, y es la única ley argentina que fija los criterios de diseño del instrumento militar. Su eje es el accionar conjunto: la organización, el equipamiento, la y el adiestramiento deben priorizar la integración operativa de las tres fuerzas (artículo 5°), el territorio debe dividirse en áreas estratégicas con comandos conjuntos, hay que suprimir los comandos intermedios sin finalidad práctica y compartir instalaciones (artículos 8° y 9°). En personal, privilegia la calidad sobre la cantidad con promoción por «selección y vacante», exige título de bachiller para ascender a suboficial superior y título universitario para oficial superior, y reserva al Congreso la aprobación de la cantidad de efectivos (artículos 12, 14 y 15). En equipamiento, centraliza la decisión en el Ministerio de Defensa y fija un orden de prelación obligatorio —recuperar el material fuera de servicio, modernizar el disponible y recién entonces comprar nuevo—, con preferencia por los sistemas que traigan transferencia de tecnología (artículos 17, 19 y 20). Es el artículo 19 al que remite el Fondo Nacional de la Defensa (FONDEF) creado por la Ley del FONDEF (Ley 27.565) en 2020 para afectar sus recursos. La ley preveía además incrementar el presupuesto de defensa hasta un 15% en el quinquenio sobre la base de lo ejecutado en 1996 (artículo 27), pero ese artículo —su corazón económico— fue suspendido por el Art. 25 — Ley de Presupuesto 2001 (B.O. 4/1/2001) y la reestructuración quedó en gran medida sin financiamiento. Creó también la Comisión Parlamentaria de Seguimiento de la Reestructuración Militar, con informes semestrales (artículos 30 y 31), y ordenó revisarse a sí misma a los cinco años (artículo 32).Objetivo
Establecer las bases políticas, orgánicas y funcionales fundamentales para reestructurar y modernizar las fuerzas armadas, con prioridad al accionar conjunto, una fuerza profesional más reducida y mejor sostenida, y un criterio racional de equipamiento, bajo control parlamentario.Problema que resuelve
La Ley de Defensa Nacional había definido el sistema de defensa pero no el instrumento militar: cada fuerza planificaba, se organizaba y se equipaba por separado, con comandos intermedios sin finalidad práctica, estructuras administrativas sobredimensionadas, infraestructura duplicada y compras decididas fuerza por fuerza sin un planeamiento conjunto ni un orden de prioridades. Tampoco existía un mecanismo estable de control parlamentario sobre la reforma ni previsibilidad presupuestaria para sostenerla.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes