Ley 24.948

Artículo 19Orden de prioridad para equipar: recuperar, modernizar, comprar

Texto oficial

Para analizar el equipamiento se considerarán en el orden indicado, las siguientes alternativas: a) Recuperar el material fuera de servicio, cuando ello sea factible y aceptable y siempre que mantenga la aptitud necesaria para responder a las capacidades operativas a retener; b) Modernizar el material disponible, cuando resulte apto, factible y aceptable para satisfacer las capacidades operativas previstas; c) incorporar nuevo material. A tratar la incorporación de nuevos equipos, se deberá dar prioridad a aquellos que potencien la disuasiva, favorezcan la normalización con los ya existentes a nivel conjunto y aporten nuevos desarrollos tecnológicos.

Qué significa en la práctica

Fija el orden en que deben analizarse las alternativas de equipamiento: a) recuperar el material fuera de servicio, cuando sea factible y aceptable y mantenga la aptitud necesaria; b) modernizar el material disponible, cuando resulte apto, factible y aceptable; y recién c) incorporar nuevo material. Al tratar la incorporación de equipos nuevos hay que priorizar los que potencien la disuasiva, favorezcan la normalización con los ya existentes a nivel conjunto y aporten nuevos desarrollos tecnológicos. Es el artículo al que remite el Fondo Nacional de la Defensa (FONDEF) de la Ley del FONDEF (Ley 27.565) para afectar sus recursos.

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