Artículo 1Aprobación del Convenio sobre recursos ícticos del Paraná y el Paraguay
Texto oficial
Apruébase el Convenio sobre Conservación y Desarrollo de los Recursos Icticos en los Tramos Limítrofes de los Ríos Paraná y Paraguay, suscripto en Buenos Aires el 25 de octubre de 1996, que consta de dieciséis (16) artículos, cuyas fotocopias autenticadas forman parte de la presente ley.
Qué significa en la práctica
El Congreso aprueba el Convenio firmado con el Paraguay en Buenos Aires el 25 de octubre de 1996. Con esta aprobación sus dieciséis artículos se incorporan al derecho argentino: los dos países se comprometen a conservar la fauna de peces en los tramos limítrofes de ambos ríos y crean un Comité Coordinador binacional facultado para fijar vedas, artes de pesca, tamaños de captura y áreas de reserva.