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Ley 25.079

VigenteNacional

Prórroga hasta el 31 de diciembre de 1999 de los coeficientes de distribución del FONAVI del artículo 5 de la Ley 24.464

Sanción:9 de diciembre de 1998Promulgación:29 de diciembre de 1998BO:8 de enero de 1999Ver fuente oficial
2artículos
FONAVISistema Federal de la Viviendadistribución de fondos entre provinciasvivienda socialprórrogas legislativas
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley de prórroga, de un solo artículo dispositivo. El Art. 5 — Ley del FONAVI fija los coeficientes con los que se reparte el Fondo Nacional de la Vivienda (FONAVI) entre las provincias y la entonces Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, y prevé que el Congreso apruebe cada dos años una nueva ley de distribución evaluando el uso de los fondos, el nivel de recuperos, la inversión efectiva en obra y la variación del déficit habitacional, con un período de transición que no debía extenderse más allá del 31/12/96. Al no dictarse esa nueva ley de distribución, la Ley 25.079 extiende la vigencia de las disposiciones del artículo 5 hasta el 31 de diciembre de 1999, evitando que quedara sin criterio legal el reparto del principal fondo de vivienda social del país.

Objetivo

Mantener vigente el reparto del FONAVI entre las jurisdicciones mientras el Congreso no sancionaba la nueva ley de distribución prevista en la Ley del FONAVI.

Problema que resuelve

El esquema de la Ley del FONAVI exigía una nueva ley de distribución cada dos años, pero esa ley no se dictaba. Sin prórroga, los coeficientes vigentes quedaban sin sustento y se paralizaba la transferencia automática de fondos a las provincias.

A quiénes alcanza

provinciasCiudad de Buenos Airesinstitutos provinciales de viviendabeneficiarios de planes de viviendaConsejo Nacional de la Vivienda
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Mientras rige la prórroga, el Fondo Nacional de la Vivienda debe distribuirse entre las provincias y la Ciudad de Buenos Aires con los coeficientes del Art. 5 — Ley del FONAVI.
  • La prórroga no exime al Congreso del deber de dictar la ley de distribución prevista en ese artículo, que debía revisarse cada dos años.

Derechos que reconoce

  • Las provincias y la Ciudad de Buenos Aires conservan su participación en el FONAVI con los coeficientes vigentes durante todo 1999.
  • Los institutos provinciales de vivienda mantienen la previsibilidad de los recursos para sostener los planes en ejecución.

Casos de uso

  • Un instituto provincial de vivienda proyecta sus recursos de 1999 aplicando el coeficiente del Art. 5 — Ley del FONAVI.
  • Un analista reconstruye por qué los coeficientes originales de 1995 siguieron aplicándose años después.
  • Una reclama la transferencia automática de su porcentaje del FONAVI durante la vigencia de la prórroga.

Preguntas frecuentes

Las disposiciones del Art. 5 — Ley del FONAVI, hasta el 31 de diciembre de 1999.