Resumen ejecutivo
Ley breve que habilita la de dos terrenos contiguos en el centro de Lomas de Zamora para instalar allí dependencias de la Justicia nacional. La declaración de utilidad pública por ley del Congreso es el paso previo indispensable de toda (art. 17 de la Constitución y Ley de Expropiaciones). La ley fue promulgada parcialmente: el Decreto 619/99 observó el artículo 3, que ordenaba imputar el gasto al presupuesto de 1998, porque para entonces ese ejercicio ya estaba cerrado y el Art. 41 — Administración Financiera impide comprometer gastos contra un ejercicio vencido.Objetivo
Habilitar al Estado nacional a adquirir por dos inmuebles de Lomas de Zamora destinados a dependencias del Poder Judicial de la Nación.Problema que resuelve
El Poder Judicial de la Nación necesitaba espacio propio en Lomas de Zamora y los inmuebles adecuados eran de particulares. Sin una ley que los declarara de utilidad pública, el Estado no podía forzar la transferencia ni iniciar el juicio de .A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes