Artículo 2Compromiso de conservación e investigación
Texto oficial
La República Argentina promoverá, a través de los organismos competentes, la consecución de los objetivos de conservación de los recursos vivos marinos antárticos establecidos en la CCRVMA y las disposiciones dictadas en su consecuencia, mediante la efectiva implementación de los diversos mecanismos previstos por la CCRVMA y de adecuados programas de investigación científica relativa a los recursos vivos marinos en el área de la CCRVMA.
Qué significa en la práctica
Compromete al Estado a promover, a través de sus organismos competentes, los objetivos de conservación de los recursos vivos marinos antárticos, implementando los mecanismos de la Convención y desarrollando programas adecuados de investigación científica sobre esos recursos.