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Ley 25.269

Parcialmente vigenteNacional

Conversión de los tribunales orales en lo criminal y correccional federal en cámaras federales de apelaciones

Sanción:28 de junio de 2000Promulgación:17 de julio de 2000BO:21 de julio de 2000Ver fuente oficial
10artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La ley resuelve un problema de arquitectura judicial: varias provincias tenían tribunal oral federal pero no cámara federal de apelaciones, de modo que sus apelaciones debían viajar a otra . La solución fue convertir esos tribunales orales en cámaras federales con el nombre de la provincia, conservando la y que ya tenían por la Ley de Competencia Penal del Poder Judicial de la Nación y sumando las reglas de organización de la Ley 4055 y del Decreto Ley 1285/58. En materia penal, la sigue anclada al Art. 16 — Ley de Competencia Penal del Poder Judicial de la Nación, y los casos del Art. 24 — Ley de Implementación del Código Procesal Penal Federal pasan a la cámara federal cabecera del distrito. Las nuevas cámaras también revisan resoluciones definitivas de organismos administrativos. El traspaso se hizo a los sesenta días de la publicación, con suspensión de pleno derecho de los plazos procesales de las causas en trámite y con los jueces de los tribunales orales asumiendo automáticamente como jueces de cámara. El Poder Ejecutivo observó una sola palabra: Corrientes, porque en esa capital ya funcionaba una Cámara Federal de Apelaciones.

Objetivo

Completar el mapa de cámaras federales de apelaciones en las provincias que carecían de ellas, aprovechando la estructura de los tribunales orales federales ya instalados, sin crear nuevos cargos ni tribunales.

Problema que resuelve

Once provincias tenían tribunal oral en lo criminal y correccional federal pero no cámara federal de apelaciones propia. Los justiciables de esas jurisdicciones debían litigar la segunda instancia federal en otra provincia, con el costo, la demora y la distancia que eso implica. Además, la reforma procesal penal de los años noventa había dejado desbalanceada la estructura de tribunales federales del interior.

A quiénes alcanza

jueces de los tribunales orales en lo criminal y correccional federalabogados y justiciables del fuero federal del interiorMinisterio Público Fiscal y de la Defensaorganismos y entes administrativos cuyas resoluciones se apelan
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Las cámaras federales creadas deben asumir su nueva y a los sesenta días de publicada la ley, incluso respecto de las causas en trámite.
  • Cada cámara debe formar por insaculación, durante diciembre de cada año, la lista de abogados que reúnan las condiciones para actuar como conjueces.
  • Las causas penales del Art. 24 — Ley de Implementación del Código Procesal Penal Federal que tramitaban ante los tribunales orales debían radicarse ante las cámaras federales cabecera de distrito dentro de los diez días de la publicación.
  • El tribunal originario debe proveer, durante el traspaso, los actos procesales razonables y toda medida urgente que proteja los derechos comprometidos.

Derechos que reconoce

  • Los justiciables de las provincias alcanzadas pasaron a contar con una cámara federal de apelaciones en su propia .
  • Las partes de las causas en trámite tienen a su favor la suspensión de pleno derecho de los plazos procesales desde la remisión de la causa hasta la primera providencia del nuevo tribunal.
  • Los recurrentes pueden apelar ante estas cámaras las resoluciones definitivas de organismos y entes administrativos en los casos autorizados por las leyes.
  • Los jueces de los tribunales orales alcanzados asumieron el carácter de jueces de cámara sin necesidad de un nuevo nombramiento.

Casos de uso

  • Un abogado del interior verifica ante qué tribunal debe apelar una resolución federal dictada en su provincia después de julio de 2000.
  • Un litigante consulta qué pasó con los plazos de su causa cuando fue remitida al nuevo tribunal.
  • Un estudioso de la organización judicial reconstruye cómo se completó el mapa de cámaras federales en el interior del país.
  • Un abogado quiere integrar la lista de conjueces de la cámara federal de su provincia y verifica cuándo se forma la lista.
  • Alguien consulta por qué Corrientes no figura entre las provincias alcanzadas pese a estar en el texto sancionado.

Preguntas frecuentes

Convirtió en cámaras federales de apelaciones a los tribunales orales en lo criminal y correccional federal que funcionaban en provincias que no tenían cámara federal propia, agregándoles el nombre de la provincia, y sumó con los mismos alcances al Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe.