Artículo 1Aprobación del Convenio con Panamá sobre traslado de condenados
Texto oficial
Apruébase el CONVENIO ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA DE PANAMA SOBRE TRASLADO DE NACIONALES CONDENADOS Y CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS PENALES, suscripto en Buenos Aires el 20 de agosto de 1997, que consta de DIECISIETE (17) artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.
Qué significa en la práctica
El Congreso aprueba el Convenio con la República de Panamá sobre Traslado de Nacionales Condenados y Cumplimiento de Sentencias Penales, firmado en Buenos Aires el 20 de agosto de 1997, de diecisiete artículos. Permite que un argentino condenado en Panamá termine de cumplir su pena en la Argentina y viceversa, siempre que lo consientan la persona condenada y ambos Estados. La finalidad es la reinserción social: cumplir la condena cerca de la familia y en el propio idioma y cultura.