Ley 25.380

Artículo 40Funciones de la Comisión Asesora

Texto oficial

Serán funciones de la Comisión: a) Dictar su propio reglamento. b) Asesorar y promover la extensión de las Denominaciones de Origen, así como la constitución de Consejos de Promoción. c) Verificar el Registro Nacional de Indicaciones de Procedencia y Denominaciones de Origen. d) Asistir en la fiscalización del cumplimiento de las condiciones de producción y elaboración establecidas en cada reglamento de Denominación de Origen. e) Promover la firma de acuerdos tecnológicos y/o de cooperación con organismos públicos y privados, nacionales o internacionales. CAPITULO VIII INFRACCIONES Y SANCIONES

Qué significa en la práctica

La Comisión dicta su reglamento, asesora y promueve la extensión de las denominaciones y la creación de Consejos de Promoción, verifica el Registro Nacional, asiste en la fiscalización del cumplimiento de los reglamentos de cada denominación y promueve acuerdos tecnológicos y de cooperación con organismos nacionales e internacionales.

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