Resumen ejecutivo
Un trasplante de células progenitoras hematopoyéticas (la médula ósea o las células madre de la sangre) puede curar leucemias, linfomas y aplasias medulares, pero requiere un donante genéticamente compatible que en la mayoría de los casos no está en la familia del paciente. Esta ley crea el Registro Nacional de Donantes, con sede y en el INCUCAI, que funciona en tres niveles: centros de reclutamiento donde la persona se inscribe, laboratorios de histocompatibilidad habilitados que tipifican al donante, y un centro informático que concentra los datos. El Registro guarda la identidad, filiación y perfil de histocompatibilidad de cada potencial donante, y el INCUCAI queda facultado para intercambiar información con registros extranjeros, lo que integra a la Argentina a la red mundial de búsqueda de donantes. Para que no dependa de una partida discrecional, el Art. 5 — Ley de Bienes Personales y destina 250.000 pesos mensuales de la recaudación del Impuesto sobre los Bienes Personales al financiamiento del Registro. Se invita a las provincias a adecuar su legislación.Objetivo
Organizar y financiar un registro nacional de donantes de médula ósea que permita encontrar donantes compatibles para pacientes que necesitan un trasplante de células progenitoras hematopoyéticas.Problema que resuelve
Sin un registro nacional integrado a la red internacional, un paciente sin donante familiar compatible prácticamente no tenía posibilidad de acceder a un trasplante de médula ósea.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes