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Ley 25.587

Parcialmente vigenteNacional

Restricción de las medidas cautelares en los juicios por depósitos y deudas alcanzados por la emergencia (Ley Antigoteo)

Sanción:25 de abril de 2002Promulgación:25 de abril de 2002BO:26 de abril de 2002Ver fuente oficial
10artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Conocida como "Ley Antigoteo", la Ley Antigoteo fue la respuesta del Congreso al aluvión de amparos por el corralito y la pesificación. En los juicios de cualquier naturaleza contra el Estado nacional, entidades financieras, aseguradoras o mutuales de ayuda económica por créditos, deudas, obligaciones, depósitos o reprogramaciones afectados por la Ley de Emergencia Pública, solo admitió la del artículo 230 del Código Procesal Civil y Comercial (la prohibición de innovar) y prohibió que la tuviera el mismo objeto que la final o consistiera en entregar al peticionante los bienes cautelados, es decir la devolución anticipada de los depósitos. Dejó dos excepciones: riesgo para la vida, la salud o la integridad física, y reclamantes de setenta y cinco años o más. Declaró la y aplicable a todas las causas en trámite y a las pendientes de ejecución. Además prohibió ejecutar las sobre fondos del Banco Central, exigió oficiar previamente al Banco Central para verificar la imposición, dio efecto suspensivo a la ante la Cámara Federal, atribuyó la a la justicia federal y derogó el artículo 195 bis del Código Procesal (el recurso directo ante la Corte Suprema que había creado la Ley de Déficit Cero). Su artículo 9 ató la vigencia de la ley a la duración de la emergencia pública de la Ley de Emergencia Pública. Poco después, el Decreto 1316/2002 suspendió por 120 días hábiles el cumplimiento y la ejecución de las y sentencias dictadas en esos procesos.

Objetivo

Frenar la devolución anticipada de depósitos por vía , que estaba drenando las reservas del sistema financiero mientras se discutía el fondo de la pesificación.

Problema que resuelve

Tras el corralito y la pesificación, los ahorristas obtenían por vía de medidas la devolución inmediata de sus depósitos en dólares antes de cualquier . Ese "goteo" vaciaba a los bancos y anticipaba el resultado de juicios todavía no resueltos.

A quiénes alcanza

ahorristas y depositantesentidades financierascompañías de segurosmutuales de ayuda económicaEstado nacionaljueces y cámaras federalesBanco Central de la República Argentina
Análisis jurídico

Obligaciones

  • En los procesos alcanzados solo es admisible la del Art. 230 — Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, y solo si existe el peligro que esa norma exige (art. 1).
  • La no puede tener idéntico objeto que el de la final ni consistir en la entrega al peticionario de los bienes cautelados (art. 1).
  • Las no pueden ejecutarse sobre fondos del Banco Central, aunque estén transitoriamente en poder de las entidades financieras (art. 2).
  • Antes de cumplir toda debe oficiarse al Banco Central para que informe sobre la existencia y legitimidad de la imposición, los saldos y la moneda pactada (art. 3).
  • La debe presentarse en el juzgado dentro de los cinco días de conocida la resolución, con los fundamentos en el mismo escrito (art. 4).
  • Recibido el recurso, el juez de primera instancia debe limitarse a remitir el expediente a la Cámara sin más trámite (art. 5).

Derechos que reconoce

  • Se mantiene la posibilidad de obtener la cuando se prueben razones que pongan en riesgo la vida, la salud o la integridad física de las personas (arts. 1 y 4).
  • El mismo tratamiento excepcional rige cuando la reclamante es una persona física de setenta y cinco años o más (arts. 1 y 4).
  • Están legitimados para apelar tanto la parte demandada como la actora y las entidades bancarias o financieras afectadas, aunque no sean parte (art. 4).

Casos de uso

  • Un ahorrista pide por que el banco le devuelva su plazo fijo en dólares: bajo esta ley el juez no puede ordenar la entrega, porque coincidiría con el objeto de la final.
  • Una jubilada de 78 años reclama sus ahorros para un tratamiento médico: queda comprendida en las dos excepciones y la puede concederse y ejecutarse sin efecto suspensivo.
  • El banco apela la dentro de los cinco días y la medida queda suspendida hasta que resuelva la Cámara Federal.

Preguntas frecuentes

Porque buscó frenar el goteo de fondos que salía del sistema financiero por medidas que ordenaban devolver depósitos antes de que hubiera , en plena crisis del corralito y la pesificación.