Artículo 67Incorporación del inciso k) al artículo 118 de la Ley 24.156 (artículo VETADO)
Texto oficial
Incorpórase como inciso k) del Art. 118 — Administración Financiera y sus modificatorias, el siguiente texto:
"Artículo 118: ...
k) auditar y emitir dictamen sobre los estados contables anuales y las cuentas de campaña de los partidos políticos y elaborar los informes correspondientes en los términos y con los alcances que determina la ley respectiva."
Qué significa en la práctica
Agregaba un inciso k) al Art. 118 — Administración Financiera para facultar a la Auditoría General de la Nación a auditar y dictaminar sobre los estados contables anuales y las cuentas de campaña de los partidos. Fue observado íntegramente por el artículo 1° del Decreto 990/2002 y nunca modificó la Administración Financiera.