Ley 25.612

Artículo 40Presunción de cosa riesgosa

Texto oficial

— Se presume, salvo prueba en contrario, que todo residuo definido según los alcances del artículo 2º, es cosa riesgosa en los términos del segundo párrafo del artículo 1113 del Código Civil, modificado por la Ley 17.711.

Qué significa en la práctica

Se presume, salvo prueba en contrario, que todo residuo industrial es cosa riesgosa (art. 1113 del Código Civil, hoy responsabilidad por riesgo del Código Civil y Comercial).

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