Ley 25.612

Artículo 8Clasificación por las provincias

Texto oficial

— Las autoridades provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, responsables del control y fiscalización de la gestión integral de los residuos alcanzados por la presente, deberán identificar a los generadores y caracterizar los residuos que producen y clasificarlos, como mínimo, en tres categorías según sus niveles de riesgo bajo, medio y alto. CAPITULO III De los generadores

Qué significa en la práctica

Las provincias y la Ciudad de Buenos Aires deben identificar a los generadores, caracterizar sus residuos y clasificarlos como mínimo en tres categorías de riesgo: bajo, medio y alto.

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