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Ley 25.685

VigenteNacional

Rechazo del veto al Fondo Especial de Salto Grande e insistencia con la Ley 25.671

Sanción:28 de noviembre de 2002Promulgación:2 de enero de 2003BO:3 de enero de 2003Ver fuente oficial
2artículos
veto presidencialinsistencia legislativaartículo 83 de la ConstituciónFondo Especial de Salto Grande
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley de dos artículos que activa el mecanismo del Art. 83 — Constitución Nacional: el Congreso rechaza un e insiste con el texto original. El proyecto en disputa era la Ley 25.671 - Fondo Especial de Salto Grande, que sacaba el Fondo Especial de Salto Grande del presupuesto nacional y ordenaba depositar su recaudación en una cuenta especial a nombre de CAMMESA para girarla a las provincias. La insistencia dejó esa ley vigente con su redacción completa. Sancionada el 28 de noviembre de 2002 y promulgada de hecho el 2 de enero de 2003.

Objetivo

Restablecer la vigencia del proyecto de ley sobre el Fondo Especial de Salto Grande vetado por el Poder Ejecutivo, ejerciendo la facultad constitucional de insistencia.

Problema que resuelve

El Poder Ejecutivo había vetado totalmente el proyecto por considerar que sustraía recursos del presupuesto nacional. Las provincias de la región de Salto Grande sostenían que sin esa exclusión los excedentes de la represa nunca llegaban a las obras a las que estaban afectados.

A quiénes alcanza

Congreso de la NaciónPoder Ejecutivo nacionalprovincias de la región de Salto GrandeCAMMESA
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Poder Ejecutivo debe promulgar y cumplir el proyecto insistido: rechazado el veto con dos tercios en ambas Cámaras, no puede volver a vetarlo

Derechos que reconoce

Casos de uso

  • Una provincia invoca la Ley 25.671 - Fondo Especial de Salto Grande como plenamente vigente pese al veto, apoyándose en esta insistencia
  • Un estudio sobre la relación entre poderes analiza un caso de veto total rechazado por el Congreso
  • Un organismo verifica desde cuándo rige el régimen del Fondo Especial de Salto Grande

Preguntas frecuentes

Es el mecanismo del Art. 83 — Constitución Nacional: si el Poder Ejecutivo veta un proyecto y ambas Cámaras insisten con dos tercios de los votos, el proyecto se convierte en ley y el Ejecutivo ya no puede vetarlo.