Artículo 4Promoción turística a cargo de la Secretaría de Turismo (parcialmente observado)
Texto oficial
La Secretaría de Turismo de la Nación tendrá a su cargo la puesta en valor y promoción de los lugares mencionados como sitios de interés turístico.
Qué significa en la práctica
Asigna a la Secretaría de Turismo de la Nación la promoción del casco histórico como sitio de interés turístico. ATENCIÓN: este artículo fue observado en parte. El Decreto 2709/2002 vetó las palabras "puesta en valor y", porque el Poder Ejecutivo entendió que esa tarea correspondía a la Secretaría de Cultura y no a Turismo. Lo que rige, entonces, es solo la de promoción; la puesta en valor nunca entró en vigor por esta vía.