La autoridad nacional podrá, a pedido de la autoridad jurisdiccional competente, declarar zona crítica de protección especial a determinadas cuencas, acuíferas, áreas o masas de agua por sus características naturales o de interés ambiental.
Qué significa en la práctica
La autoridad nacional puede, a pedido de la , declarar zona crítica de protección especial a cuencas, acuíferos o masas de agua por sus características naturales o interés ambiental.