Resumen ejecutivo
Ley de cinco artículos que desarma parte de los beneficios impositivos de los convenios de competitividad de 2001. El artículo 1 deroga la exención —o el tratamiento como bienes no computables— en el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta prevista en los decretos 730, 732, 935, 1054, 1380 y 1396 de 2001. El artículo 2, que ampliaba el régimen de bienes no computables del Art. 12 — Reforma Tributaria 1998, fue observado íntegramente por el Decreto 768/2003 y nunca entró en vigor. El artículo 3 faculta al Poder Ejecutivo a derogar los demás beneficios de esos convenios, con caducidad de la autorización el 25 de mayo de 2003. El artículo 4 fija la vigencia desde la publicación en el Boletín Oficial: la frase "respecto al artículo 4°" también fue observada por el mismo decreto, por remitir a un artículo inexistente en el texto sancionado.Objetivo
Recuperar recaudación del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta eliminando las exenciones sectoriales otorgadas por decreto en 2001 mediante los convenios de competitividad.Problema que resuelve
Los convenios para mejorar la competitividad firmados en 2001 al de la delegación legislativa de la Ley de delegación de facultades (2001) habían eximido a sectores enteros del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta. Tras la crisis, esos beneficios erosionaban la recaudación sin cumplir el objetivo de empleo que los justificaba.A quiénes alcanza
Obligaciones
Casos de uso
Preguntas frecuentes