Artículo 1Aprobación del Acuerdo con la Unión Internacional de Telecomunicaciones
Texto oficial
Apruébase el ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA UNION INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES SOBRE EL ESTABLECIMIENTO DE LA OFICINA DEL DIRECTOR EJECUTIVO DEL CENTRO DE EXCELENCIA PARA LA REGION AMERICA EN CORDOBA (ARGENTINA), suscripto en Ginebra —CONFEDERACION SUIZA— el 26 de octubre de 2001 y en Buenos Aires el 26 de noviembre de 2001, que consta de SEIS (6) artículos y UN (1) anexo, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.
Qué significa en la práctica
El Congreso aprueba el Acuerdo firmado en Ginebra el 26 de octubre de 2001 y en Buenos Aires el 26 de noviembre de 2001. Sus seis artículos y su anexo integran la ley: instalan en Córdoba la Oficina del Director Ejecutivo del Centro de Excelencia para la Región América, fijan las facilidades logísticas gratuitas que aporta el Estado y las prerrogativas e inmunidades del organismo y su personal, con sus límites.