Ley 25.780

Artículo 21Orden de publicar textos ordenados

Texto oficial

Dentro de los TREINTA (30) días de la publicación de la presente ley el PODER EJECUTIVO NACIONAL dará a conocer un Texto Ordenado de la Carta Orgánica del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA y de la Ley de Entidades Financieras Nº 21.526 y sus modificaciones.

Qué significa en la práctica

Manda al Poder Ejecutivo a publicar, dentro de los 30 días de la publicación de la ley, un texto ordenado de la Carta Orgánica del Banco Central y otro de la Ley de Entidades Financieras. Es lo que permite leer ambas normas con todas las reformas integradas.

Normas relacionadas

← Ver en Ley de reforma bancaria de 2003 completaLeyes