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Ley 25.808

VigenteNacional

Estudiantes embarazadas, en lactancia y estudiantes progenitores: ampliación de la prohibición de impedir los estudios (modifica la Ley 25.584)

Sanción:5 de noviembre de 2003Promulgación:27 de noviembre de 2003BO:28 de noviembre de 2003Ver fuente oficial
2artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley modificatoria de dos artículos con impacto directo sobre derechos. Reescribe el Art. 1 — Ley de permanencia escolar de alumnas embarazadas, que en 2002 había prohibido a los establecimientos educativos impedir el ciclo escolar a las alumnas embarazadas. La nueva redacción amplía la protección en cuatro sentidos: alcanza a todos los niveles y modalidades del sistema, no solo al inicio sino también a la prosecución de los estudios, incorpora el período de lactancia y extiende la protección a los estudiantes varones en su carácter de progenitores. Además obliga a las autoridades del establecimiento a autorizar los permisos que el estado de la estudiante haga necesarios.

Objetivo

Impedir que el embarazo, la lactancia o la maternidad y paternidad se conviertan en causa de expulsión, segregación o abandono escolar.

Problema que resuelve

La redacción original de la Ley de permanencia escolar de alumnas embarazadas dejaba zonas grises: no cubría explícitamente la continuidad de los estudios, ni la lactancia, ni la situación de los estudiantes varones que eran padres, y no imponía a la escuela conceder permisos por razones de salud.

A quiénes alcanza

estudiantes embarazadasestudiantes en período de lactanciaestudiantes que son madres o padresdirectivos de establecimientos educativosestablecimientos oficiales y privados
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Los directivos y responsables de establecimientos oficiales y privados tienen prohibido adoptar acciones institucionales que impidan o perturben el inicio o la prosecución de los estudios de estudiantes embarazadas, en período de lactancia o en su carácter de progenitores.
  • Las autoridades educativas del establecimiento están obligadas a autorizar a la estudiante embarazada los permisos que su estado haga necesarios para garantizar su salud física y psíquica y la del hijo durante la gestación y la lactancia.

Derechos que reconoce

  • Derecho de la estudiante embarazada a iniciar y continuar sus estudios sin ser apartada ni perturbada por su estado.
  • Derecho de la estudiante en período de lactancia a que se le concedan los permisos necesarios.
  • Derecho del estudiante que es padre o madre a que su condición de progenitor no obstaculice la continuidad de sus estudios.

Casos de uso

  • Una alumna de secundaria a la que la escuela le sugiere pasar a la modalidad para adultos por estar embarazada
  • Una estudiante que necesita ausentarse para controles prenatales o para amamantar y pide autorización
  • Un alumno padre al que le computan inasistencias por acompañar al hijo a controles de salud
  • Un instituto privado que quiere aplicar un reglamento interno que excluye a alumnas embarazadas

Preguntas frecuentes

Cuatro cosas: extendió la prohibición a todos los niveles y modalidades del sistema educativo, cubrió no solo el inicio sino la prosecución de los estudios, incorporó el período de lactancia y el carácter de progenitor del estudiante, y obligó al establecimiento a otorgar los permisos que el estado de la alumna haga necesarios.