Resumen ejecutivo
La Ley de expropiación de Lapacho Mocho para la comunidad wichí (2001) había declarado de utilidad pública y sujetas a las tierras de Lapacho Mocho, en el departamento San Martín de Salta, para adjudicarlas en propiedad comunitaria a la comunidad indígena wichí Hoktek Toi. El Estado no promovió el juicio expropiatorio dentro del plazo de dos años del Art. 33 — Ley de Expropiaciones, con lo que la declaración corría riesgo de caducar (abandono de la ). La Ley 25.811 - Reforma de la expropiación de Lapacho Mocho extiende ese plazo a tres años exclusivamente para este caso y, al mismo tiempo, corrige la ley original: identifica el inmueble por matrículas y superficie (2.936 hectáreas), pone la aplicación en cabeza del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas dentro del Ministerio de Desarrollo Social, imputa la a Rentas Generales del ejercicio 2003 y ordena al Poder Ejecutivo prever las partidas presupuestarias.Objetivo
Evitar la caducidad de la dispuesta por la Ley de expropiación de Lapacho Mocho para la comunidad wichí y dotarla de las precisiones registrales, institucionales y presupuestarias necesarias para que la tierra llegue efectivamente a la comunidad wichí Hoktek Toi.Problema que resuelve
La declaración de utilidad pública de la Ley de expropiación de Lapacho Mocho para la comunidad wichí estaba por caer: la Ley General de Expropiaciones fija un plazo para iniciar el juicio y, vencido, se tiene por abandonada la . Además la ley original no identificaba el inmueble con precisión registral ni asignaba financiamiento, lo que trababa cualquier trámite.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes