Son voluntarios sociales las personas físicas que desarrollan, por su libre determinación, de un modo gratuito, altruista y solidario tareas de interés general en dichas organizaciones, sin recibir por ello , , ni contraprestación económica alguna.
No estarán comprendidas en la presente ley las actuaciones voluntarias aisladas, esporádicas, ejecutadas por razones familiares, de amistad o buena vecindad y aquellas actividades cuya realización no surja de una libre elección o tenga origen en una legal o deber jurídico.
Qué significa en la práctica
Voluntario es la persona física que, por decisión propia y de manera gratuita, altruista y solidaria, hace tareas de interés general en esas organizaciones sin recibir ni contraprestación. Quedan fuera de la ley las ayudas aisladas o esporádicas por razones familiares, de amistad o vecindad, y todo lo que se haga por legal y no por elección.