Artículo 1Aprobación del Convenio que crea el CREFAL
Texto oficial
Apruébase el CONVENIO DE COOPERACION REGIONAL PARA LA CREACION Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE COOPERACION REGIONAL PARA LA EDUCACION DE ADULTOS EN AMERICA LATINA Y EL CARIBE, adoptado en la Ciudad de México —ESTADOS UNIDOS MEXICANOS— el 19 de octubre de 1990, que consta de TREINTA Y DOS (32) artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.
Qué significa en la práctica
El Congreso aprueba el convenio adoptado en la Ciudad de México el 19 de octubre de 1990 entre la UNESCO, la Secretaría General de la OEA y los países de América Latina y el Caribe, que reorganiza el CREFAL —el centro con sede en Pátzcuaro (Michoacán, México) dedicado desde 1950 a la educación de adultos y la alfabetización— y lo convierte en el Centro de Cooperación Regional para la Educación de Adultos en América Latina y el Caribe. El convenio, de 32 artículos, define los objetivos del organismo, su Consejo de Administración integrado por los Estados miembros, su financiamiento y el régimen de personal, y sustituye los acuerdos anteriores. Al aprobarlo, la Argentina se incorpora formalmente como Estado miembro.