Ley 25.994

Artículo 5Incompatibilidad

Texto oficial

— El goce de la prestación prevista en la presente ley es incompatible con la realización de actividades en o por cuenta propia, y con la percepción de cualquier tipo de planes sociales, pensiones graciables o no contributivas, jubilación, pensión o retiro civil o militar, ya sean nacionales, provinciales o municipales, sin perjuicio del derecho a opción del beneficiario por el que resulte más favorable.

Qué significa en la práctica

El goce de la prestación es incompatible con la realización de actividades en o por cuenta propia.

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