Artículo 4Financiamiento por el Ministerio de Defensa
Texto oficial
El beneficio que otorga esta ley será atendido con los recursos que destine a tal efecto el Presupuesto General de la Administración Pública para el Ministerio de Defensa.
Qué significa en la práctica
El beneficio se paga con los recursos que el Presupuesto General de la Administración Pública asigne al Ministerio de Defensa. Ubica la pensión en la órbita de Defensa, coherente con el carácter militar de la expedición.