Ley 26.077

Artículo 7Entrada en vigencia

Texto oficial

La presente ley entrará en vigencia a partir del 1° de enero de 2006.

Qué significa en la práctica

La ley rige desde el 1 de enero de 2006, de modo que las prórrogas empalman sin interrupción con los regímenes que vencían el 31/12/2005.

Normas relacionadas

← Ver en Prórroga de la emergencia pública 2006 completaLeyes