Artículo 13Crédito para las universidades nacionales
Texto oficial
Fíjase como crédito para financiar los gastos de funcionamiento, inversión y programas especiales de las Universidades Nacionales la suma de TRES MIL TRESCIENTOS DIECIOCHO MILLONES CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS ($ 3.318.042.854), de acuerdo con el detalle de la planilla anexa al presente artículo.
Déjase establecido que dentro del monto citado anteriormente, la suma de CUATROCIENTOS TRECE MILLONES NOVECIENTOS VEINTIOCHO MIL SETECIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS ($ 413.928.736) provienen de rebajas en los créditos asignados a las jurisdicciones 70 - Ministerio de Educación Ciencia y Tecnología y 91 - Obligaciones a Cargo del Tesoro de acuerdo con el siguiente detalle.
70 - Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología
SAF
330- Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología
Programa
26 - Desarrollo de la Educación Superior
Actividad
11 - Acciones Universitarias para el Desarrollo Nacional y Regional (FUNDAR).
Partidas
561–848 –Transferencias a Universidades para gastos corrientes – Universidades sin discriminar.
Moneda
1 - Nacional
Ubicación Geográfica
97 –Nacional
Fuente
11 - Tesoro Nacional
Finalidad-Función
34 – Educación y Cultura
Rebaja
$ 163.928.736
91 – Obligaciones a Cargo del Tesoro
SAF
356 - Obligaciones a Cargo del Tesoro
Programa
99 – Otras Asistencias Financieras
Subprograma
05 - Financiamiento Educativo
Actividad
01 - Financiamiento Educativo
Partida
531 - Transferencias a la Adm. Central para financiar gastos corrientes
Moneda
1 - Nacional
Ubicación Geográfica
97 – Nacional
Fuente
11 - Tesoro Nacional
Finalidad-Función
34 - Educación y Cultura
Rebaja
$ 250.000.000.-
Las Universidades Nacionales deberán presentar en tiempo y forma la información que requiera el MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, a través de la SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS, necesaria para asignar, ejecutar y evaluar los compromisos asumidos en los distintos Programas que desarrolle la citada Secretaría. El MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA podrá disponer la no transferencia de partidas presupuestarias en caso de incumplimiento en el envío de dicha información.
El MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA garantizará el adecuado funcionamiento de las unidades académicas de Pergamino y Junín, afectando, como mínimo, los recursos necesarios para el mantenimiento de las actuales condiciones de funcionamiento
Qué significa en la práctica
Fija en $3.318.042.854 el crédito para funcionamiento, inversión y programas de las universidades nacionales.