Ley 26.078

Artículo 61Préstamo del Banco Mundial (Belgrano Cargas)

Texto oficial

El JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, en oportunidad de la concreción del préstamo a otorgar por el BANCO MUNDIAL para el financiamiento de la refuncionalización del Ferrocarril Belgrano Cargas S.A. y al incorporar el referido préstamo en uso de las facultades del artículo 8º, asignará mediante compensación de créditos, las sumas necesarias correspondientes a la contrapartida local del citado préstamo.

Qué significa en la práctica

Instruye a incorporar el préstamo del Banco Mundial para la refuncionalización del Ferrocarril Belgrano Cargas.

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