Ley 26.078

Artículo 75Transporte aéreo de fomento

Texto oficial

Facúltase al Jefe de Gabinete de Ministros, para que en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 10 de la presente ley, disponga una ampliación en el crédito asignado al Programa 17 — Transporte Aéreo de Fomento — 45 — Subjurisdicción 23 — Estado Mayor General de la Fuerza Aérea, de TRECE MILLONES DE PESOS ($ 13.000.000) para atender a las necesidades presupuestarias de la empresa Líneas Aéreas del Estado — LADE — y para requerimientos operativos de la misma.

Qué significa en la práctica

Faculta a ampliar el crédito del Programa 17 de Transporte Aéreo de Fomento (LADE).

Normas relacionadas

← Ver en Presupuesto 2006 completaLeyes