Ley 26.122

Artículo 24Rechazo

Texto oficial

— El rechazo por ambas Cámaras del Congreso del decreto de que se trate implica su derogación de acuerdo a lo que establece el artículo 2º del Código Civil, quedando a salvo los derechos adquiridos durante su vigencia.

Qué significa en la práctica

El rechazo por ambas Cámaras del decreto implica su derogación (conforme al entonces Art. 2º del Código Civil), quedando a salvo los derechos adquiridos durante su vigencia.

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