Ley 26.141

Artículo 16Distribución de los fondos

Texto oficial

La , previa consulta con la CAT, y sobre la base del plan de recuperación, fomento y desarrollo de la actividad caprina aprobado, procederá a la distribución de los fondos dando prioridad a las zonas agroecológicas del país, en las cuales la actividad caprina tenga una significativa importancia para el arraigo de la población, y a los planes de trabajo o proyectos de inversión en los cuales se incremente la ocupación de mano de obra, y/o en los que las personas físicas titulares de los beneficios se comprometan a radicarse dentro del establecimiento rural promovido.

Qué significa en la práctica

La , consultando a la CAT y según el plan aprobado, distribuía los fondos priorizando las zonas donde la actividad caprina fuera importante para el arraigo de la población y los proyectos que generaran empleo o radicación en el establecimiento.
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