Otórganse a INVAP S.E. los plazos y condiciones financieras establecidos en los artículos 10 y 12 del Decreto 1382/05 de fecha 7 de noviembre de 2005 para el reintegro al TESORO NACIONAL del aporte fijado por el Art. 109 — Ley de Presupuesto 2002.
Facúltase al MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION a realizar todos los actos necesarios a fin de instrumentar lo establecido en el presente artículo.
Qué significa en la práctica
Otorga a INVAP S.E. los plazos y condiciones del Decreto 1382/05 para reintegrar al Tesoro el aporte del Art. 109 — Ley de Presupuesto 2002, y faculta a Economía a instrumentarlo.