Ley 26.206

Artículo 79Políticas de Promoción de la Igualdad Educativa

Texto oficial

El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, en acuerdo con el Consejo Federal de Educación, fijará y desarrollará políticas de promoción de la igualdad educativa, destinadas a enfrentar situaciones de injusticia, marginación, estigmatización y otras formas de discriminación, derivadas de factores socioeconómicos, culturales, geográficos, étnicos, de género o de cualquier otra índole, que afecten el ejercicio pleno del derecho a la educación.

Qué significa en la práctica

El Estado debe crear políticas específicas para combatir la desigualdad educativa originada en la pobreza, la etnia, el género, la ubicación geográfica u otras formas de discriminación.

Ejemplo práctico

El Programa Nacional Becas Progresar es una política de igualdad educativa bajo este artículo.

Efectos prácticos

  • Habilita políticas afirmativas como becas, comedores, transporte, útiles escolares.
  • Requiere intervención especial en zonas con mayor desigualdad.
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